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Normativa

Verifactu para autónomos, sin el susto

La norma es corta y lo que te pide es concreto. El problema es que casi todo lo que se ha escrito sobre ella está escrito para vender un programa.

La respuesta corta

Si facturas en España, Verifactu te afecta. Te obliga a emitir facturas con un programa que no permita modificarlas después: cada factura queda encadenada a la anterior con una huella, lleva un código QR y un texto que indica si el registro se envía a la AEAT. Las sociedades están obligadas desde el 1 de enero de 2027 y el resto, autónomos incluidos, desde el 1 de julio de 2027. Lo único que tienes que hacer tú es usar un programa que cumpla, y preguntarle al tuyo hoy si lo hará.

Qué pide exactamente

El reglamento no te pide llevar la contabilidad de otra manera ni cambiar tus precios. Pide que el programa con el que emites facturas sea incapaz de alterar un registro una vez hecho, y que lo demuestre.

Eso se traduce en cuatro cosas visibles: cada factura genera un registro con una huella criptográfica que la encadena a la anterior, el programa no puede borrar ni modificar ese registro, la factura lleva un código QR que permite comprobarla, y lleva un texto que indica si ese registro se está remitiendo a la Agencia Tributaria.

Hay dos maneras de cumplir. Una es el envío automático a la AEAT de cada registro en el momento de emitirlo, que es lo que se llama propiamente Verifactu. La otra es no enviar, y en ese caso el sistema tiene requisitos adicionales de conservación y firma. Para un autónomo, enviar suele ser más sencillo y más barato.

  • Registro encadenado e inalterable por cada factura
  • Código QR en la factura
  • Texto que indica si se remite a la AEAT
  • Conservación del registro durante el plazo legal

Desde cuándo

El calendario original se amplió. Tal como queda después de las modificaciones, las sociedades quedan obligadas desde el 1 de enero de 2027 y el resto de obligados, autónomos incluidos, desde el 1 de julio de 2027.

Eso parece lejos y no lo es. Lo que de verdad tarda no es el día del cambio, sino averiguar si tu programa actual va a cumplir, y qué pasa con el histórico si no cumple y hay que cambiar. Esa conversación es mejor tenerla con doce meses de margen que con dos.

Las cuatro preguntas para tu programa

Si ya usas un programa de facturación, no necesitas cambiarlo por defecto. Necesitas preguntarle cuatro cosas, y ponerlas por escrito en un correo para tener la respuesta guardada.

Si la respuesta a cualquiera de ellas es vaga, tómalo como un no. A esta altura, un fabricante serio tiene una página pública explicando exactamente qué hace y desde qué versión.

  • ¿Tu programa estará adaptado, y en qué versión?
  • ¿Está incluido en mi licencia actual o es un coste aparte?
  • ¿Tendré que migrar mi histórico de facturas, y quién lo hace?
  • ¿Permite el modo Verifactu con envío a la AEAT, o solo el modo sin envío?

Qué tiene que ver con tu web

Si vendes por internet, la factura la emite tu tienda, no tu gestoría. Eso significa que el requisito recae sobre el programa de la tienda, y es el punto donde más gente se va a llevar una sorpresa: un plugin de facturación que no se ha tocado en tres años no va a cumplir solo.

Si las facturas las haces una a una desde un programa de escritorio y la web es solo un escaparate, esto no afecta a tu web en absoluto. Conviene tener clara cuál de las dos cosas es la tuya antes de pagar por arreglar algo que no está roto.

De dónde salen los datos

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Preguntas frecuentes

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¿Me afecta si solo emito diez facturas al año?

Sí. La obligación no depende del volumen sino de emitir factura en España. Lo que sí cambia con el volumen es cómo de caro te sale resolverlo: con diez facturas al año, un programa gratuito adaptado es suficiente.

¿Puedo seguir haciendo facturas en una hoja de cálculo?

No, una vez te aplique la obligación. Una hoja de cálculo permite modificar lo emitido, que es exactamente lo que el reglamento quiere impedir. Es el cambio más incómodo para quien lleva veinte años haciéndolo así, y es el que menos se puede esquivar.

¿Qué pasa con las facturas antiguas?

No hay que rehacerlas. La obligación aplica a las facturas emitidas a partir de la fecha en que te corresponda, no hacia atrás. Lo que sí conviene es conservar el histórico accesible, que ya era obligatorio antes de todo esto.

¿Tengo que enviar todo a Hacienda?

Solo si te acoges al modo Verifactu con envío, que es una de las dos formas de cumplir. La otra no envía, pero impone requisitos más estrictos al propio sistema. Para la mayoría de autónomos, enviar es la opción más simple.

¿Esto es lo mismo que la factura electrónica obligatoria?

No, y se confunden constantemente. Verifactu va de cómo se registran las facturas que emites. La factura electrónica obligatoria entre empresas es otra norma distinta, con su propio calendario. Son dos cosas separadas que llegan por la misma época.

Te lo dejamos montado antes de la fecha

Si facturas desde tu tienda o desde tu web, lo preparamos con tiempo y conectado con lo que ya usas. Si tu caso se resuelve con un programa de 12 € al mes, te lo diremos.

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